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noviembre 7, 2023
Proyecto a consulta. La CE propone una paulatina eliminación de ayudas estatales para el próximo período de calefacción invernal
La Comisión propone una prórroga limitada de tres meses de las disposiciones que permiten a los Estados miembros seguir concediendo importes limitados de ayuda y ayudas para compensar los elevados precios de la energía, hasta el 31 de marzo de 2024.

La Comisión Europea ha enviado a los Estados miembros para consulta un proyecto de propuesta para ajustar parcialmente el calendario de eliminación de las disposiciones del Marco Temporal de Crisis y Transición de ayudas estatales destinado a dar una respuesta a la crisis tras la agresión de Rusia contra Ucrania y el aumento sin precedentes de la energía precios.

Desde el comienzo de la guerra de Rusia contra Ucrania y en el contexto de sus efectos directos e indirectos en la economía de la UE, el Marco Temporal de Crisis de ayudas estatales, adoptado el 23 de marzo de 2022, ha permitido a los Estados miembros proporcionar apoyo oportuno, específico y proporcionado a las empresas en necesidad.

El Marco ha permitido a los Estados miembros actuar con rapidez y eficacia para ayudar a las empresas afectadas por las importantes incertidumbres económicas, la perturbación de los flujos comerciales y las cadenas de suministro y los aumentos de precios excepcionalmente importantes e inesperados, en particular del gas natural, la electricidad y muchos otros insumos y materias primas materiales y bienes primarios.

Esos efectos, en conjunto, han causado una grave perturbación en la economía de todos los Estados miembros en una amplia gama de sectores económicos.

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El 9 de marzo de 2023, la Comisión adoptó el Marco Temporal de Crisis y Transición, que modificó y prorrogó en parte el Marco Temporal de Crisis, y fomenta medidas de apoyo en sectores clave para la transición a una economía neta cero, en consonancia con el Marco Verde Trato Plan Industrial.

Mientras continúa la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, la situación económica de la UE está mostrando resiliencia frente a los shocks que ha sufrido.

Las previsiones económicas de verano de 2023 de la Comisión señalan que la economía de la UE sigue creciendo, aunque con un impulso reducido. La situación de los mercados energéticos y, en particular, los precios medios del gas y de la electricidad parecen haberse estabilizado.

Además, los riesgos de escasez de suministro de energía han disminuido, entre otras cosas debido a las medidas adoptadas por los Estados miembros para diversificar las fuentes de energía.

Al mismo tiempo, las previsiones económicas de verano de 2023 señalan que la guerra en curso de Rusia contra Ucrania y las tensiones geopolíticas más amplias, en particular en Oriente Medio, siguen planteando riesgos y siguen siendo una fuente de incertidumbre.

En este contexto, la Comisión propone una prórroga limitada de tres meses de las disposiciones que permiten a los Estados miembros seguir concediendo importes limitados de ayuda (sección 2.1 del Marco) y ayudas para compensar los elevados precios de la energía (sección 2.4 del Marco), hasta el 31 de marzo de 2024.

Esto permitirá a los Estados miembros, cuando sea necesario, ampliar sus planes de apoyo y garantizar que las empresas aún afectadas por la crisis no se queden sin el apoyo necesario en el próximo período de calefacción invernal.

Según la sección 2.4 del Marco, los Estados miembros pueden seguir proporcionando apoyo cubriendo partes de los costes energéticos adicionales sólo en la medida en que los precios de la energía superen significativamente los niveles anteriores a la crisis.

El proyecto de propuesta de la Comisión enviado hoy a los Estados miembros no afecta a las disposiciones restantes del Marco Temporal de Crisis y Transición. Las demás secciones del Marco relacionadas con la crisis (es decir, apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos subvencionados, y medidas destinadas a apoyar la reducción de la demanda de electricidad) no se ampliarán más allá de su fecha de vencimiento actual, que es el 31 de diciembre de 2023. Las secciones destinadas a Los objetivos para acelerar la transición ecológica y reducir la dependencia del combustible no se ven afectados por el borrador de propuesta y permanecerán disponibles según el Marco actual hasta el 31 de diciembre de 2025.

Los Estados miembros tienen ahora la posibilidad de comentar el proyecto de propuesta de la Comisión. La Comisión tiene intención de adoptar la modificación limitada del Marco Temporal de Crisis y Transición en las próximas semanas, teniendo en cuenta la información recibida de los Estados miembros.

Fondo

El Marco Temporal de Crisis sobre ayudas estatales, adoptado el  23 de marzo de 2022, permitió a los Estados miembros utilizar la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto de la guerra de Rusia contra Ucrania.

El Marco Temporal de Crisis se modificó el  20 de julio de 2022 para complementar el paquete de preparación para el invierno y en consonancia con los objetivos del Plan REPowerEU.

El Marco Temporal de Crisis se volvió a modificar el 28 de octubre de 2022 en consonancia con el Reglamento sobre una intervención de emergencia para hacer frente a los altos precios de la energía y el Reglamento que mejora la solidaridad mediante una mejor coordinación de las compras de gas, precios de referencia fiables e intercambios de gas transfronterizos .

El 9 de marzo de 2023, la Comisión adoptó el actual Marco Temporal de Crisis y Transición para fomentar medidas de apoyo en sectores clave para la  transición a una economía neta cero, en consonancia con el  Plan Industrial del Pacto Verde.

El Marco Temporal de Crisis y Transición, actualmente en vigor, prevé los siguientes tipos de ayuda, que pueden ser concedidas por los Estados miembros:

  • Importes limitados de ayuda (sección 2.1), en cualquier forma, para empresas afectadas por la crisis actual o por las sanciones y contrasanciones posteriores, hasta 250.000 € y 300.000 € en los sectores de la agricultura, la pesca y la acuicultura, respectivamente, y hasta 2 €. millones en todos los demás sectores;
  • Apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos subvencionados (secciones 2.2 y 2.3) . En casos excepcionales y sujetos a salvaguardias estrictas, los Estados miembros podrán proporcionar a las empresas de servicios energéticos para sus actividades comerciales garantías públicas que superen el 90 % de cobertura, cuando se proporcionen como garantía financiera no financiada a contrapartes centrales o miembros compensadores;
  • Ayudas para compensar los elevados precios de la energía (sección 2.4). La ayuda, que puede concederse en cualquier forma, compensará parcialmente a las empresas, en particular a los usuarios intensivos de energía, por los costes adicionales debidos a los aumentos excepcionales de los precios del gas y la electricidad. El importe de la ayuda individual podrá calcularse sobre la base del consumo pasado o presente, teniendo en cuenta la necesidad de mantener los incentivos del mercado para reducir el consumo de energía y garantizar la continuidad de las actividades económicas. Además, los Estados miembros podrán proporcionar apoyo de manera flexible, incluso a los sectores de uso intensivo de energía particularmente afectados, sujeto a salvaguardias para evitar una compensación excesiva e incentivar la reducción de la huella de carbono en caso de ayudas por importes superiores a 50 millones de euros. También se invita a los Estados miembros a considerar, de forma no discriminatoria, el establecimiento de requisitos relacionados con la protección del medio ambiente o la seguridad del suministro. Más detalles sobre las posibilidades de apoyo para los altos precios de la energía, incluida la metodología para calcular los importes de ayuda individuales, están disponibles aquí ;
  • Medidas para acelerar el despliegue de las energías renovables (sección 2.5). Los Estados miembros pueden establecer planes para inversiones en todas las fuentes de energía renovables, incluidos el hidrógeno renovable, el biogás y el biometano, el almacenamiento y el calor renovable, incluso mediante bombas de calor, con procedimientos de licitación simplificados que puedan implementarse rápidamente, al tiempo que incluyan salvaguardias suficientes para proteger el nivel. campo de juego. En particular, los Estados miembros pueden idear planes para una tecnología específica, que requieran apoyo en vista de la combinación energética nacional particular. Las condiciones para la concesión de ayudas a pequeños proyectos y tecnologías menos maduras, como el hidrógeno renovable, se han simplificado al eliminar la necesidad de un proceso de licitación competitivo, sujeto a determinadas salvaguardias;
  • Medidas que faciliten la descarbonización de los procesos industriales (apartado 2.6). Para acelerar aún más la diversificación del suministro de energía, los Estados miembros pueden apoyar inversiones para eliminar progresivamente los combustibles fósiles, en particular mediante la electrificación, la eficiencia energética y el paso al uso de hidrógeno renovable y de origen eléctrico que cumpla determinadas condiciones, con posibilidades ampliadas. apoyar la descarbonización de los procesos industriales que cambian a combustibles derivados del hidrógeno. Los Estados miembros pueden (i) establecer nuevos sistemas basados ​​en licitaciones o (ii) apoyar directamente proyectos, sin licitaciones, con ciertos límites en la proporción de ayuda pública por inversión. Se prevén bonificaciones complementarias específicas para las pequeñas y medianas empresas, así como para soluciones especialmente eficientes desde el punto de vista energético. A falta de licitaciones, se ha introducido otro método más sencillo para determinar el nivel de ayuda máxima;
  • Medidas destinadas a apoyar la reducción de la demanda de electricidad (sección 2.7) , en consonancia con el Reglamento sobre una intervención de emergencia para hacer frente a los altos precios de la energía; y
  • Medidas para acelerar aún más las inversiones en sectores clave para la transición hacia una economía neta cero (sección 2.8) , permitiendo el apoyo a la inversión para la fabricación de equipos estratégicos, a saber, baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y uso de captura de carbono. y almacenamiento, así como para la producción de componentes clave y para la producción y reciclaje de materias primas críticas relacionadas. Más concretamente, los Estados miembros pueden diseñar sistemas sencillos y eficaces que proporcionen ayudas limitadas a un determinado porcentaje de los costes de inversión hasta cantidades nominales específicas, dependiendo de la ubicación de la inversión y del tamaño del beneficiario, siendo posible una ayuda mayor para las pequeñas y medianas empresas. medianas empresas («PYME»), así como empresas situadas en regiones desfavorecidas, para garantizar que se tengan debidamente en cuenta los objetivos de cohesión. Además, en casos excepcionales, los Estados miembros pueden ofrecer un mayor apoyo a empresas individuales, cuando exista un riesgo real de que las inversiones se desvíen fuera de Europa, sujeto a una serie de salvaguardias. Puede encontrar más información sobre las posibilidades de apoyo a medidas para acelerar la transición a una economía neta cero aquí.

Las entidades rusas, bielorrusas e iraníes sancionadas con respecto a acciones que socavan o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania están excluidas del alcance de estas medidas.

Puede encontrar más información sobre el Marco Temporal de Crisis y Transición y otras acciones tomadas por la Comisión para abordar el impacto económico de la guerra de Rusia contra Ucrania y fomentar la transición hacia una economía neta cero aquí.

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