El 2022 ha sido un año de instalación récord para el autoconsumo, de acuerdo a datos del sector se superaron los 2 GW de potencia, y el 2023 podría ir en el mismo camino.
Sin embargo, desde las asociaciones continúan identificando una serie de barreras que impiden su despliegue. El día de ayer, la Unión Española de Fotovoltaica (UNEF) publicó un documento advirtiendo sobre la implementación del seccionador de corte podría tener un impacto negativo en el autoconsumo de instalaciones de menos de 100kW.
El informe comienza señalando que algunas empresas distribuidoras le dan a este elemento un carácter obligatorio, cuando técnicamente es adicional. Además, indica que principalmente ha sido solicitado en la Comunidad de Madrid y en la Comunitat Valenciana.
“La obligación de instalación de un seccionador de corte adicional para la activación de instalaciones de autoconsumo está totalmente injustificada, tanto en términos de normativa como en términos técnicos”, subraya la asociación.
Siguiendo esta idea, se destaca que en el Real Decreto 1699/2011 no se expresa la obligatoriedad de instalación de un seccionador como elemento de corte exterior. Además, de que este artículo también menciona que la instalación ya tiene elementos de corte en red interior, que permiten garantizar la seguridad de los trabajadores.
Problemáticas
Uno de los problemas directos que trata el informe es que el seccionador de corte “conlleva modificaciones en ciertos elementos de la instalación que aumentan considerablemente el coste y los plazos de tramitación”.
“Además, no sólo hay problemáticas con la instalación de dicho elemento, sino también con el método para realizar la revisión: las empresas distribuidoras acuden a revisar la instalación sin previo aviso”, agrega el documento.
De acuerdo a la UNEF, en el caso de instalaciones de menos de 15kW, ha sucedido que el instalador comunica al dueño de la instalación la necesidad de instalar un seccionador, pero no deja ningún tipo de documentación que acredite la visita, bloqueando la alta de la instalación y la compensación de excedentes hasta que se haga la modificación.
Asimismo, se detallan también consecuencias derivadas de este elemento, como que podría generar un sobrecoste de €300 + IVA. Asimismo, si no hay espacio suficiente en la instalación, el sobrecoste podría ser mayor.
“Por otro lado, la instalación de dicho seccionador genera más demora en la finalización de todo el proceso de instalación y legalización, siendo el consumidor final el perjudicado al no disponer de la compensación de excedentes en el tiempo previsto”, explica el descargo de la UNEF.
Propuestas
Entre algunas de las sugerencias de la UNEF, se destaca que el MITECO modifique el artículo 4 del Real Decreto 1699/2011, que trata este elemento, de manera que explique de manera determinante la no obligatoriedad de la instalación del seccionador de corte, y calificarlo como «adicional».
Asimismo, se propone la publicación de esquemas específicos para autoconsumo, que tengan un reglamento de cumplimiento para las empresas distribuidoras y las delegaciones territoriales, remarcando especialmente que no incluyan elementos restrictivos que supongan una barrera para el autoconsumo.
0 comentarios