Finalmente se publicó el Real Decreto-ley 5/2023 que el sector energético esperaba con importantes definiciones como las modificaciones a la última normativa de comunidades energéticas, incentivos para la electrificación y la adaptación de los hitos administrativos para proyectos renovables.
Sobre este último aspecto, el documento publica la ampliación en 6 meses del plazo para la acreditación de la obtención de la autorización de construcción de instalaciones de generación de energía eléctrica y almacenamiento.
Esta medida busca ajustar los plazos a la situación de la cadena de suministro afectada por la guerra de Ucrania para las instalaciones que han obtenido permisos de acceso desde el 1 de enero de 2018.
Cabe recordar que actualmente, se calcula que existen más de 40 GW de renovables que obtuvieron su Declaración de Impacto Ambiental positiva y gran parte de ellas alcanzaron la etapa de Autorización Administrativa Previa.
Según el registro realizado por Energía Estratégica España, solamente en el MITECO existen, más de 20 GW que avanzan en esta instancia y aprovecharían la prórroga.
Modificaciones a la normativa de comunidades ciudadanas de energía
En mayo el Gobierno publicó el texto de un Real Decreto (VER) para regular las dos figuras jurídicas comprendidas dentro del ámbito de las comunidades energéticas: las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
En este Real Decreto-ley 5/2023 se establecen las modificaciones luego del período de información pública que, según la Secretaria de Energía, Sara Aagesen, fueron más de 300 alegaciones las analizadas para esta medida.
Ver: reclamos de la Alianza por el Autoconsumo y la posición de Fernando Ferrando Vitales, Presidente de Fundación Renovables.
¿Qué se modifica? En principio, se introduce una nueva letra «k» en el artículo 6.1 de la Ley 24/2013, que define las comunidades ciudadanas de energía como entidades jurídicas basadas en la participación voluntaria y abierta.
Estas comunidades están controladas por socios o miembros que pueden ser personas físicas, autoridades locales (incluyendo municipios) o pequeñas empresas.
Su objetivo principal es ofrecer beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a la localidad donde operan, en lugar de buscar una rentabilidad financiera.
En segundo lugar, se añade un nuevo artículo 12 bis que establece los derechos de las comunidades de energías renovables a producir, consumir, almacenar y vender energías renovables, así como compartir la energía renovable generada dentro de la comunidad.
Asimismo se especifica que tienen derecho a acceder a todos los mercados energéticos de manera no discriminatoria.
Se realizan modificaciones en los artículos 3, 53 y 54 relacionadas con las instalaciones de producción, transporte, distribución y las infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW.
Estas modificaciones tienen como objetivo establecer los procedimientos y autorizaciones administrativas necesarios para la puesta en funcionamiento, modificaciones y declaración de utilidad pública de dichas instalaciones.
Ver artículo 183 del Real Decreto-ley 5/2023 (Página 158 del archivo PDF)
Prórroga del descuento a los peajes para consumidores electrointensivos
En este documento se promueven mecanismos de apoyo y subsidios para impulsar la electrificación de sectores como el transporte y la industria, incentivando la adopción de tecnologías eléctricas más limpias y eficientes.
Es la extensión hasta fin de año del descuento del 80% a los peajes por uso de la red eléctrica que pagan los consumidores electrointensivos.
Asimismo, para fomentar la electrificación también incluyeron políticas para facilitar la infraestructura de carga de vehículos eléctricos, como la instalación de puntos de recarga en espacios públicos y privados, y se fomenta la adquisición de vehículos eléctricos a través de beneficios fiscales y ayudas económicas.
Ver artículo 152 del Real Decreto-ley 5/2023 (Página 121 del archivo PDF)
Otras medidas sobre el mercado
Se dispone la aplicación inmediata del superávit del Sector Eléctrico del ejercicio 2022 al ejercicio 2023, con el fin de financiar medidas destinadas a mitigar los efectos de la guerra de Ucrania.
Se establece un nuevo régimen retributivo para el periodo que abarca desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Se determina que la estimación del precio del mercado eléctrico para el año 2023 se realizará considerando los valores del mercado diario y los valores de futuros negociados en ese periodo.
Para los años posteriores, la estimación se basará en los mercados de futuros.
Por último, se establece una metodología para estimar el precio de los combustibles en instalaciones cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible.
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