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diciembre 22, 2023
Estado de situación. Avanza el impuesto al carbono para productos importados en Europa
El Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM) ya inició su fase de transición, que se prolongará hasta el 2025. Marta Diez, consultora de Mercados Medioambientales de CBAM en Redshaw Advisors, analiza en qué etapa se encuentra esta medida y qué impactos tendrá.

A principios de noviembre pasado, el Parlamento aprobó una enmienda para introducir «recursos propios» (ingresos) para el presupuesto de la UE.

Esta enmienda, una vez adoptada por el Consejo y ratificada por todos los Estados miembros, introducirá tres nuevas fuentes de ingresos: procedentes del comercio de derechos de emisión (RCDE); generados por el mecanismo de ajuste en frontera por carbono de la UE propuesto (CBAM, por sus siglas en inglés); y un recurso propio estadístico temporal basado en los beneficios corporativos.

Para conocer más sobre cómo avanza este último mecanismo, Energía Estratégica España conversó con Marta Diez, consultora de Mercados Medioambientales de CBAM en Redshaw Advisors.

¿Cómo se desarrolla la implementación del Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM) durante su fase de transición?

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Durante la fase de transición del Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM), que comenzó el 1 de octubre de este año y se extenderá hasta finales de 2025, la implementación del CBAM se producirá de forma gradual.

A continuación se detallan los puntos clave sobre el desarrollo del CBAM durante su fase de transición:

  • Obligaciones de presentación de informes: Los importadores de productos CBAM deberán presentar un informe CBAM trimestral a la Comisión Europea.

Este informe debe enviarse a través del declarante en aduana o de su representante indirecto a más tardar un mes después del final de cada trimestre. El proceso de presentación de informes se facilitará a través de un registro de transición CBAM.

La Comisión Europea ha publicado un proyecto de Reglamento de aplicación que describe las obligaciones de presentación de informes para los importadores de productos CBAM de la UE.

Los importadores deberán informar sobre el volumen de sus importaciones y las emisiones de gases de efecto invernadero generadas durante la producción de estos bienes.

  • Cálculo de Emisiones Incorporadas: La metodología para calcular las emisiones incorporadas liberadas durante el proceso de producción de bienes CBAM se establecerá durante la fase de transición.

El proyecto de Reglamento de implementación proporciona flexibilidad en los valores utilizados para calcular las emisiones incorporadas, permitiendo a las empresas elegir entre diferentes métodos de presentación de informes en el año inicial de implementación.

Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, solo se aceptará el método UE.

  • Ajustes: La fase de transición permite realizar ajustes al marco regulatorio y a la metodología de cálculo de emisiones.

Este período brinda la oportunidad de perfeccionar y afinar el CBAM en función de los comentarios y la experiencia práctica. La Comisión Europea recopilará comentarios y opiniones de empresas y partes interesadas para garantizar la eficacia y precisión del CBAM.

Es importante señalar que los detalles y requisitos específicos de la implementación del CBAM durante la fase de transición están sujetos a las regulaciones y directrices establecidas por la Comisión Europea.

El objetivo es implementar gradualmente el CBAM, dando tiempo suficiente para que las empresas se preparen y se perfeccione la metodología antes de la fase definitiva que comenzará en 2026.

  • Flexibilidad en la presentación de informes: En el primer año de implementación, los importadores tendrán tres opciones para presentar informes:

(a) informes completos de acuerdo con la nueva metodología (método de la UE),

(b) informes basados en sistemas nacionales equivalentes de terceros países, o

(c) informes basados en valores de referencia. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, solo se aceptará el método UE.

  • Sin ajuste financiero: Durante la fase de transición, los comerciantes sólo tendrán que informar sobre las emisiones implícitas en sus importaciones sin pagar ningún ajuste financiero.

Esto permite a las empresas prepararse para la implementación completa de CBAM y proporciona información valiosa para perfeccionar la metodología para 2026.

  • Grupos de productos cubiertos: En la fase de transición, el CBAM se aplicará a las importaciones de cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.

Los importadores de estos bienes deberán informar sobre el volumen de las importaciones y las emisiones de gases de efecto invernadero implícitas.

  • Cronograma de presentación de informes: se solicita a los importadores que recopilen datos para el cuarto trimestre de 2023, pero su primer informe solo deberá presentarse antes del 31 de enero de 2024.

Esto proporciona algo de tiempo para que los importadores recopilen la información necesaria.

Es importante señalar que la implementación del CBAM durante su fase de transición permite realizar ajustes en el marco regulatorio, la metodología y los grupos de productos en cuestión. Este enfoque gradual tiene como objetivo garantizar una implementación fluida y eficaz del CBAM.

¿Cuál es su opinión sobre las enmiendas a los derechos de emisión y al mecanismo de ajuste en frontera de carbono que el Parlamento Europeo aprobó semanas atrás (VER)?

La aprobación por parte del Parlamento Europeo de enmiendas a los derechos de emisión y al mecanismo de ajuste en frontera de carbono es un paso significativo hacia la implementación del CBAM y la solución de la cuestión de la fuga de carbono.

El CBAM es una herramienta diseñada para poner un precio justo a las emisiones de carbono asociadas con la producción de bienes intensivos en carbono importados a la UE.

Su objetivo es evitar que las empresas trasladen su producción intensiva en carbono a países con políticas climáticas menos estrictas, garantizando así igualdad de condiciones para las industrias de la UE y fomentando una producción industrial más limpia a nivel mundial.

Las enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo demuestran el compromiso de la UE para combatir el cambio climático y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Al alinear la eliminación gradual de los derechos de emisión gratuitos en el marco del Sistema de Comercio de Emisiones (ETS) con la introducción del CBAM, la UE pretende apoyar la descarbonización de sus industrias y promover un futuro más sostenible y climáticamente neutro.

Es importante señalar que será necesario aclarar los detalles técnicos finales del funcionamiento del CBAM, y el Parlamento Europeo y el Consejo tendrán que adoptar formalmente el nuevo Reglamento antes de que pueda entrar en vigor.

La UE está trabajando activamente para finalizar su paquete de medidas para alcanzar sus objetivos de reducción de emisiones y establecerse como líder climático mundial.

Para más información consultar: El artículo 30 y artículo 32 del Reglamento CBAM

El artículo 30 exige que la Comisión Europea lleve a cabo una revisión del alcance del Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM) antes del 31 de diciembre de 2024.

Esta revisión es un paso importante para garantizar la eficacia y relevancia del CBAM a la hora de abordar fuga de carbono y promover la igualdad de condiciones para las industrias de la UE. Durante esta revisión, la Comisión Europea evaluará el alcance del CBAM, que se refiere a los bienes y sectores cubiertos por el mecanismo.

El objetivo es evaluar si es necesario algún ajuste o expansión para alinearse con las necesidades y objetivos cambiantes de las políticas climáticas de la UE. El proceso de revisión implicará un análisis integral del impacto, la eficacia y las posibles mejoras del CBAM.

Considerará factores como las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas con diferentes bienes, la competitividad de las industrias de la UE y la eficacia general del CBAM para lograr sus objetivos. La Comisión Europea tendrá en cuenta las aportaciones de diversas partes interesadas, incluidos representantes de la industria, organizaciones medioambientales y Estados miembros, para garantizar una evaluación exhaustiva y equilibrada.

La revisión brindará la oportunidad de abordar cualquier desafío o brecha potencial en la implementación del CBAM y realizar los ajustes necesarios para mejorar su efectividad. Es importante señalar que el proceso de revisión informará cualquier cambio potencial en el alcance del CBAM, y la Comisión Europea comunicará cualquier actualización o modificación basada en los hallazgos de la revisión.

El artículo 32 del Reglamento CBAM se refiere al ámbito de aplicación del mecanismo CBAM durante el período transitorio. De manera resumida, puede señalarse:

  • Durante el período transitorio del Reglamento CBAM, el mecanismo CBAM se aplicará como obligación de información tal como se describe en los artículos 33 a 35.
  • El artículo 33 aborda específicamente la importación de bienes e impone una obligación de presentación de informes al declarante que importa bienes. • El declarante que importa mercancías debe cumplir con la obligación de informar según lo establecido en el artículo 35.
  • Las autoridades aduaneras tienen la responsabilidad de informar al declarante de la obligación de informar a más tardar cuando las mercancías sean despachadas a libre práctica.
  • La obligación de informar implica presentar un informe CBAM, que incluye información relevante relacionada con las mercancías importadas. Es importante tener en cuenta que los detalles y requisitos específicos de la obligación de informar, así como las posibles sanciones por incumplimiento, no se mencionan explícitamente en la información de contexto proporcionada.

Sin embargo, se puede inferir que las autoridades competentes tienen la facultad de imponer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias a los importadores o representantes aduaneros indirectos que no cumplan con la obligación de informar o corregir cualquier inexactitud en el informe CBAM.

¿Qué implicaciones tendrá para Europa su pleno funcionamiento?

El pleno funcionamiento de la taxonomía de la UE tendrá varias implicaciones para Europa. Si bien los impactos financieros, económicos, sociales y ambientales específicos no se evalúan completamente en el contexto proporcionado, podemos discutir algunas implicaciones potenciales basadas en la información disponible:

  1. Redirección de capital: La Taxonomía de la UE tiene como objetivo redirigir el capital hacia actividades alineadas con la mitigación y adaptación al cambio climático. Las decisiones que tomen los inversores, los diseñadores de productos financieros y las empresas determinarán el alcance del flujo de capital hacia las actividades alineadas con la Taxonomía. Esta redirección de capital puede tener implicaciones importantes para diversos sectores e industrias.
  2. Impacto ambiental: El impacto ambiental de la Taxonomía de la UE dependerá de las actividades de financiación que contribuyan a reducir o prevenir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y aumentar la resiliencia climática.

Al dirigir las inversiones hacia actividades sostenibles y bajas en carbono, la Taxonomía de la UE puede apoyar la transición hacia una economía más verde y ayudar a mitigar los impactos del cambio climático.

  1. Agricultura: Las implicaciones para la agricultura variarán según las diferentes regiones de Europa. Las regiones del sur pueden experimentar impactos negativos debido a las altas temperaturas, la escasez de agua y los fenómenos climáticos extremos, lo que provocará menores rendimientos y una reducción de las áreas aptas para el cultivo.

Por otro lado, las partes del norte de Europa pueden ver algunos efectos positivos, como la introducción de nuevas variedades de cultivos, mayores rendimientos y la expansión de áreas adecuadas para el cultivo.

  1. Silvicultura: El cambio climático puede tener efectos adversos en la silvicultura, incluido un mayor riesgo de sequías, tormentas, incendios, plagas y enfermedades. Estas perturbaciones pueden afectar la salud de los bosques y la estabilidad de los ecosistemas. Los incendios, en particular, pueden ser una preocupación importante para los ecosistemas ya degradados en el sur de Europa.
  2. Fenómenos meteorológicos extremos: El cambio climático puede provocar fenómenos meteorológicos extremos más frecuentes e intensos en Europa. Esto puede tener implicaciones para varios sectores, incluidos la agricultura, la infraestructura y el bienestar humano. Por ejemplo, el rendimiento de los cultivos puede volverse más variable y las zonas costeras pueden enfrentar mayores riesgos de inundaciones debido al aumento del nivel del mar y las marejadas ciclónicas.

Es importante señalar que el contexto dado no proporciona una evaluación exhaustiva de todas las implicaciones de la taxonomía de la UE.

¿Podría haber un efecto contagio y que otros países o regiones del mundo, como EE.UU., también apliquen este tipo de medidas o terminará siendo una medida solitaria de la UE que generará impactos negativos en la competitividad de la unión de países?

El contexto proporcionado no menciona explícitamente si otros países o regiones, como Estados Unidos, adoptarán medidas similares a la taxonomía de la UE.

Sin embargo, vale la pena señalar que la Taxonomía de la UE es parte de esfuerzos globales más amplios para abordar el cambio climático y promover las finanzas sostenibles. Varios países y regiones de todo el mundo ya han tomado medidas para desarrollar sus propios marcos financieros sostenibles y sistemas de taxonomía.

Si bien no se puede confirmar la adopción específica de medidas similares a la taxonomía de la UE por parte de otros países o regiones sobre la base de la información proporcionada, hay indicios de que se está considerando la cooperación y la alineación internacional.

Algunos encuestados en el contexto mencionaron la importancia de alinear la taxonomía de la UE con otras políticas e iniciativas internacionales existentes para garantizar una cooperación internacional efectiva y una competencia leal. Esto sugiere que se reconoce la necesidad de una armonización global de los marcos financieros sostenibles.

Si otros países o regiones adoptaran medidas similares, podría contribuir a un enfoque más consistente y estandarizado de las finanzas sostenibles a nivel mundial. Esto podría reducir potencialmente el riesgo de fuga de carbono y crear igualdad de condiciones para las empresas en diferentes jurisdicciones.

En cuanto al impacto en la competitividad de la Unión Europea, es importante considerar que la Taxonomía de la UE opera dentro del marco más amplio de la estrategia climática de la UE. El objetivo de esta estrategia es generar más oportunidades relacionadas con una economía baja en carbono y promover actividades sostenibles.

Si bien puede haber preocupaciones sobre el posible impacto negativo sobre la competitividad, también es posible que la taxonomía de la UE pueda crear nuevas oportunidad.

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