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marzo 28, 2024
Ayudas. La CE da el visto bueno a Francia para destinar 900 millones € para biomasa e hidrógeno
La Comisión Europea aprobó un régimen de ayudas estatales de 900 millones de euros de Francia para apoyar la producción de energía y combustibles a partir de biomasa e hidrógeno renovable para fomentar la transición hacia una economía neutra en carbono

La Comisión Europea ha aprobado un régimen de 900 millones de euros de Francia para apoyar a las empresas que invierten en el uso de biomasa e hidrógeno renovable en la producción de energía y combustibles, para impulsar la transición hacia una economía neutra en carbono en línea con el Plan Industrial del Pacto Verde.

El régimen fue aprobado en el marco del Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición, adoptado por la Comisión el 9 de marzo de 2023 y modificado el 20 de noviembre de 2023, para apoyar medidas en sectores clave para acelerar la transición verde y reducir las dependencias de combustibles.

La medida francesa

Francia notificó a la Comisión, en el marco del Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición, un régimen de 900 millones de euros para apoyar la producción de (i) calor y combustibles a partir de biomasa, como gas sintético y biochar, para su uso en procesos industriales, y (ii) combustibles líquidos a partir de biomasa e hidrógeno renovable, para su uso en procesos industriales y transporte.

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Bajo esta medida, la ayuda se materializará en forma de subvenciones directas, cubriendo parte de los costos de inversión elegibles.

El régimen estará abierto a nuevas instalaciones y proyectos que se aceleren significativamente o se amplíen. Los proyectos deberán completarse y ponerse en funcionamiento en un plazo de 36 meses a partir de la concesión de la ayuda.

La Comisión encontró que el régimen francés está en línea con las condiciones establecidas en el Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición. En particular, la ayuda (i) incentivará la producción de energía y combustible a partir de fuentes renovables; (ii) no excederá la intensidad máxima de la ayuda permitida; y (iii) se otorgará a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

La Comisión concluyó que el régimen francés es necesario, adecuado y proporcionado para acelerar la transición verde y facilitar el desarrollo de ciertas actividades económicas, que son importantes para la implementación del Plan REPowerEU y el Plan Industrial del Pacto Verde, en línea con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE y las condiciones establecidas en el Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición.

Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida de ayuda en virtud de las normas de la Unión Europea sobre ayudas estatales.

Antecedentes

El 9 de marzo de 2023, la Comisión adoptó un nuevo Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición para fomentar medidas de apoyo en sectores clave para la transición hacia una economía neutra en carbono, en línea con el Plan Industrial del Pacto Verde. El Marco enmendó y prolongó en parte el Marco Temporal de Crisis, adoptado el 23 de marzo de 2022, para permitir a los Estados miembros utilizar la flexibilidad prevista en las normas de ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto de la guerra de Rusia contra Ucrania.

El Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición ha sido enmendado el 20 de noviembre de 2023 para prolongar seis meses una serie de secciones destinadas a proporcionar una respuesta a la crisis tras la agresión de Rusia contra Ucrania y el aumento sin precedentes en los precios de la energía.

El Marco Temporal de Ayudas Estatales para Crisis y Transición, en su forma enmendada, prevé los siguientes tipos de ayudas, que pueden ser otorgadas por los Estados miembros:

Cantidades limitadas de ayuda (sección 2.1), en cualquier forma y otorgadas hasta el 30 de junio de 2024, para empresas afectadas por la crisis actual o por las sanciones y contrasanciones posteriores hasta 280 000 euros y 335 000 euros en los sectores agrícola, y de pesca y acuicultura respectivamente, y hasta 2,25 millones de euros en todos los demás sectores; apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos subvencionados.

En casos excepcionales y sujeto a estrictas salvaguardias, los Estados miembros pueden proporcionar a las empresas energéticas para sus actividades comerciales garantías públicas que excedan el 90 % de cobertura, cuando se proporcionen como garantías financieras no financiadas a contrapartes centrales o miembros compensadores.

Estas secciones solo son aplicables hasta el 31 de diciembre de 2023 y no han sido enmendadas; ayudas para compensar los altos precios de la energía.

La ayuda, que puede otorgarse en cualquier forma en principio hasta junio de 2024, compensará parcialmente a las empresas, en particular a los usuarios intensivos de energía, por los costos adicionales debido a aumentos excepcionales en los precios del gas y la electricidad.

El importe de la ayuda individual puede calcularse en función del consumo pasado o presente, teniendo en cuenta la necesidad de mantener los incentivos de mercado para reducir el consumo de energía y garantizar la continuidad de las actividades económicas.

Además, los Estados miembros pueden proporcionar apoyo de manera flexible, incluso a sectores intensivos en energía particularmente afectados, sujeto a salvaguardias para evitar la sobrecompensación y para incentivar la reducción de la huella de carbono en caso de montos de ayuda superiores a 50 millones de euros.

También se invita a los Estados miembros a considerar, de manera no discriminatoria, establecer requisitos relacionados con la protección del medio ambiente o la seguridad del suministro.

Más detalles sobre las posibilidades de apoyo para los altos precios de la energía, incluida la metodología para calcular los importes individuales de ayuda, están disponibles aquí; Medidas para acelerar el despliegue de energía renovable.

Los Estados miembros pueden establecer esquemas para inversiones en todas las fuentes de energía renovable, incluido el hidrógeno renovable, el biogás y el biometano, el almacenamiento y el calor renovable, incluso a través de bombas de calor, con procedimientos de licitación simplificados que pueden implementarse rápidamente, y al mismo tiempo incluyendo suficientes salvaguardias para proteger el juego limpio.

En particular, los Estados miembros pueden idear esquemas para una tecnología específica, que requiera apoyo en vista de la mezcla energética nacional particular.

Las condiciones para la concesión de ayudas a proyectos pequeños y tecnologías menos maduras, como el hidrógeno renovable, se han simplificado al eliminar la necesidad de un proceso de licitación competitivo, sujeto a ciertas salvaguardias.

Bajo tales esquemas, la ayuda puede otorgarse hasta el 31 de diciembre de 2025; después de esa fecha, se seguirán aplicando las normas habituales de ayudas estatales, incluidas, en particular, las disposiciones correspondientes de las Directrices de Ayudas Estatales para el Clima, la Energía y el Medio Ambiente (CEEAG); Medidas para facilitar la descarbonización de los procesos industriales.

Para acelerar aún más la diversificación de los suministros energéticos, los Estados miembros pueden apoyar inversiones para eliminar gradualmente los combustibles fósiles, en particular mediante la electrificación, la eficiencia energética y el cambio al uso de hidrógeno renovable y eléctrico que cumpla ciertas condiciones, con posibilidades ampliadas de apoyar la descarbonización de procesos industriales que pasen a combustibles derivados del hidrógeno.

Los Estados miembros pueden (i) establecer nuevos esquemas basados en licitaciones, o (ii) apoyar directamente proyectos, sin licitaciones, con ciertos límites en la participación del apoyo público por inversión. Se prevén bonificaciones específicas para pequeñas y medianas empresas, así como para soluciones particularmente eficientes en energía.

En ausencia de licitaciones, se ha introducido un método más simple para determinar el nivel de apoyo máximo.

Bajo tales esquemas, la ayuda puede otorgarse hasta el 31 de diciembre de 2025; después de esa fecha, se seguirán aplicando las normas habituales de ayudas estatales, incluidas, en particular, las disposiciones correspondientes de las CEEAG; medidas destinadas a apoyar la reducción de la demanda de electricidad, de acuerdo con el reglamento sobre una intervención de emergencia para abordar los altos precios de la energía, hasta el 31 de diciembre de 2023; medidas para acelerar aún más las inversiones en sectores clave para la transición hacia una economía neutra en carbono, que permiten el apoyo a la inversión para la fabricación de equipos estratégicos, como baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y captura y almacenamiento de carbono, así como para la producción de componentes clave y para la producción y reciclaje de materias primas críticas relacionadas.

Más específicamente, los Estados miembros pueden hasta el 31 de diciembre de 2025 diseñar esquemas simples y efectivos, proporcionando apoyo limitado a un cierto porcentaje de los costos de inversión hasta cantidades nominales específicas, dependiendo de la ubicación de la inversión y del tamaño del beneficiario, con un mayor apoyo posible para pequeñas y medianas empresas («PYMEs») así como para empresas ubicadas en regiones desfavorecidas, para asegurar que los objetivos de cohesión sean debidamente tenidos en cuenta.

Además, en casos excepcionales, los Estados miembros pueden proporcionar un apoyo mayor a empresas individuales, cuando exista un riesgo real de desviar las inversiones fuera de Europa, sujeto a una serie de salvaguardias.

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